La Posibilidad de Menores de 17 Años para Crear Empresa en Colombia: Consideraciones Legales

Introducción

En Colombia, el emprendimiento y la creación de empresas son motores fundamentales para el desarrollo económico y social del país. Sin embargo, es importante comprender las limitaciones legales que existen en relación con la edad de los emprendedores, especialmente en el caso de los menores de 18 años. En este artículo, analizaremos la posibilidad que tienen los menores de 17 años para crear empresa en Colombia y las consideraciones legales que deben tener en cuenta.

Marco Legal

Según el Código Civil colombiano, los menores de edad son aquellas personas que no han cumplido los 18 años. Esta condición de minoría de edad conlleva una serie de limitaciones legales en cuanto a la capacidad para realizar ciertos actos jurídicos, incluida la capacidad para crear una empresa.

El artículo 1504 del Código Civil establece que los menores emancipados pueden ejercer por sí mismos los actos que la ley les permite, como si fueran mayores de edad. La emancipación puede ocurrir por matrimonio, por concesión de los padres, por concesión del juez o por ministerio de la ley.

En el artículo 12 de este código establece que “Toda persona capaz para contratar y obligarse, lo es para ejercer el comercio, a menos que la ley disponga lo contrario.” Esta disposición establece que la capacidad para ejercer el comercio está ligada a la capacidad para contratar y obligarse, lo cual está directamente relacionado con la capacidad legal de una persona.

Posibilidad para los Menores de 17 Años

Dado que la mayoría de edad en Colombia se alcanza a los 18 años, los menores de 18 años no tienen la capacidad legal para realizar actos de comercio o constituir sociedades comerciales de manera independiente. Sin embargo, la emancipación legal permite que un menor de 18 años adquiera la capacidad para realizar ciertos actos jurídicos como si fuera mayor de edad.

En el contexto empresarial, un menor de 18 años emancipado podría tener la capacidad legal para constituir una empresa, siempre y cuando cuente con la autorización de sus padres, tutores legales, este casado, o haya sido emancipado de acuerdo con la ley. Esta autorización debe ser otorgada de manera expresa y por escrito, y debe cumplir con los requisitos legales establecidos.

Consideraciones Finales

Si bien la ley colombiana no prohíbe expresamente que un menor de 18 años constituya una empresa, es fundamental tener en cuenta que esta situación debe cumplir con los requisitos legales establecidos y contar con la debida autorización de los padres o tutores legales. Además, es importante buscar asesoría legal especializada para garantizar el cumplimiento de todas las normativas aplicables y evitar posibles inconvenientes legales en el proceso de constitución y operación de la empresa.

En resumen, si un menor de 17 años desea emprender y constituir una empresa en Colombia, debe contar con la autorización correspondiente de sus padres o tutores legales, o haber sido legalmente emancipado de acuerdo con la ley colombiana, La emancipación puede ocurrir por varias razones, como el matrimonio, la concesión de los padres, la concesión del juez o por ministerio de la ley. El proceso de emprendimiento en esta situación debe llevarse a cabo con el asesoramiento legal adecuado para garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes.

Conclusión

La posibilidad de que un menor de 17 años pueda crear una empresa en Colombia está sujeta a ciertas condiciones legales, incluida la emancipación y la autorización de los padres o tutores legales. Es importante que los menores que deseen emprender en este contexto busquen asesoramiento legal especializado y cumplan con todas las disposiciones legales aplicables para evitar posibles problemas en el futuro.